En primer lugar, la apropiación cultural se puede entender como aquellas actuaciones que realiza un miembro de una cultura relativamente dominante, haciendo uso de manifestaciones de culturas tradicionales (que provienen de sociedades que han sido históricamente discriminadas) reutilizándolas sin hacer mención de su origen, ni respetando su contexto histórico, trivializando artefactos culturales sagrados o profundamente significativos, sin ningún tipo de compensación por su uso. Lo cual, conlleva ciertas consecuencias negativas, tanto culturales, sociales y económicas, como lo son el perpetuar estereotipos negativos y la simplificación de su cultura.
Respecto a la industria de la moda, muchas culturas ignoran que la ropa no es únicamente funcional, sino que puede significar y constituir un elemento identitario de comunidades marginadas; por ello, el hecho de copiar estos diseños sin tener en cuenta el gran componente cultural e histórico que existe detrás, puede llegar a afectar la identidad de toda una comunidad.
Por lo cual, cabe cuestionarse el ¿qué se ha realizado en un contexto legal?; primeramente, existe un documento de la OMPI Proyecto actualizado de análisis de las carencias en la protección de las expresiones culturales tradicionales, que explica cuáles son las deficiencias en materia de propiedad industrial e intelectual y, en concreto, en relación con los derechos de autor para poder actuar eficazmente contra la apropiación de las expresiones culturales tradicionales. A su vez, el comité intergubernamental de la OMPI está negociando un instrumento jurídico internacional que proporcione una protección eficaz y equilibrada por medio de la propiedad industrial e intelectual a las expresiones culturales tradicionales. Teniendo como énfasis proteger los elementos culturales tradicionales como derechos de autor, con el fin de que en caso de que exista vulneración por llevar a cabo un uso inapropiado de estos, se accione ante los tribunales ordinarios.
A su vez, la UNESCO, ha instado a las naciones a crear políticas para salvaguardar los bienes culturales intangibles. Así como también, en determinadas jurisdicciones, al momento de modificar las leyes de propiedad intelectual se han tenido en cuenta los derechos de los indígenas.
No obstante, es fundamental tener en cuenta la importancia de salvaguardar el principio de la libertad de expresión, por lo tanto, el buscar frenar la apropiación cultural no es sinónimo de querer una restricción total de los usos de las expresiones culturales tradicionales, pues la diversidad de influencias culturales es lo que hace que la moda pueda evolucionar y prosperar, así tener una interpretación respetuosa de las culturas del mundo puede permitir que todas se enriquezcan mutuamente.
Por último, es posible, tener como inspiración ciertos diseños o creaciones que provengan de culturas tradicionales como la indígena, y al hacerlo se puede paralelamente tener un respeto, reconocimiento, gratitud, así como una colaboración conjunta con estas comunidades. Pues estos directamente pueden ser una de las voces más poderosas para representar de una forma genuina y auténtica su comunidad por medio de sus contemporáneos diseños. Por lo cual, es fundamental que se sigan desarrollando herramientas como la iniciativa de la OMPI Proteja y promueva su cultura: Guía práctica sobre la propiedad intelectual para los pueblos indígenas y las comunidades locales que tiene por objeto facultar a los poseedores de expresiones culturales tradicionales para que utilicen la PI en beneficio de su cultura.
Así el trabajar de manera conjunta con estas comunidades, pagarles justamente por su trabajo y reconocer los orígenes e interpretaciones correctas de estos diseños, otorgándoles el crédito merecedor a estas personas que históricamente se han visto discriminadas, generaría tener un futuro más inclusivo y empoderado para todos los artistas y consumidores del mundo de la moda.
REFERENCIAS
Fashion & Law Journal. (2023). Fahion and cultural appropriation: navigating the legal landscape and empowering marginalized communities. https://fashionlawjournal.com
Ompi. (2019). Frenar la apropiación cultural en la industria de la moda mediante la propiedad intelectual. https://www.wipo.int/wipo_magazine/es/2019/04/article_0002.html
Pérez – Cabrero Ferrández, I. Garrigues. (2023). Apropiación cultural: ¿Hay mecanismos legales para acabar con ella desde el punto de vista de la propiedad intelectual?. https://www.lexology.com